La Corte de Apelaciones de Talca acogió el recurso de protección deducido por el Instituto Nacional de Derechos Humanos–INDH–, en contra del Servicio Electoral y Gendarmería, por infracción al derecho de igualdad ante la ley y libertad de emitir opinión de interno del Centro de Cumplimiento Penitenciario de la ciudad.
En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada acogió la acción constitucional y ordenó a Gendarmería adoptar las medidas necesarias para que recurrente pueda ejercer su derecho a sufragio.
«El interno Mario Sebastián Morales Pérez, se encuentra privado de libertad, pero al no estar condenado por delito que merezca pena aflictiva, su derecho a ejercer el sufragio se mantiene incólume, amenazándose en consecuencia las garantías constitucionales contempladas en los artículos 16, 19 N° 2 y 12 por lo que corresponde acoger el recurso de protección sólo en cuanto se instruye a Gendarmería Regional a adoptar todas las medidas administrativas y de coordinación interinstitucional, que garantice el derecho a sufragio de Morales Pérez, cuyo derecho a sufragio no se encuentra suspendido, medidas que deberán ejecutarse con la antelación debida que permita al interno ya individualizado ejercer efectivamente su derecho a voto», establece el fallo.
La resolución agrega que: «(…) sólo en cuanto se instruye a dicha Dirección Regional a adoptar todas las medidas administrativas y de coordinación interinstitucional, que garantice el derecho a sufragio del interno Mario Sebastián Morales Pérez, cuyo derecho a sufragio no se encuentra suspendido, medidas que deberán ejecutarse con la antelación debida que permita al interno ya individualizado ejercer efectivamente su derecho a voto».