“El socialismo francés (…) no se construye sobre la lucha de clases sino por el contrario sobre la colaboración de clases (…) Esta colaboración de clases, particularmente de la burguesía y el proletariado, provoca la crítica acerba de quienes piensan que sólo la confrontación permitirá la emergencia de una sociedad sin clases.”
Vincent Peillon (ex Ministro de Educación de François Hollande)
¿Qué sentido tiene recordar las palabras de Vincent Peillon, destacado dirigente socialista francés, al iniciar esta nota sobre el “proyecto de ley que moderniza las relaciones laborales” que propone el gobierno de Michelle Bachelet?
Pasa que los actuales líderes del socialismo chileno se reclaman de la socialdemocracia, y el pensamiento que guía la acción de la socialdemocracia en materia de relaciones laborales está perfectamente descrito en las palabras de Vincent Peillon.
¿A qué ha llevado esta visión en Europa? A la desaparición progresiva del sindicalismo, a su peligroso debilitamiento, y a la dominación sin contrapeso de los mercados financieros.
El mundillo de la banca, de las compañías de seguros, de los hedge funds, de los especuladores, de los fondos de pensión administrados como fichas de Casino, no tiene ninguna fuerza significativa que se alce frente a él. Ni política – por razones evidentes –, ni sindical.
Un trabajo de mi amigo Allain Graux (“Panorama de la Historia de los Sindicatos”) muestra la evolución de la sindicalización en los países desarrollados: en Francia la tasa de sindicalización pasó de 21,7% en 1970 a solo un 10% en el 2004. Nótese que en ese período el socialismo francés estuvo en el gobierno no menos de 20 años.
En el mismo período, Alemania vio reducirse la tasa de sindicalización del 32% a un 23%. Gran Bretaña de un 44,8% a un 29%. Como un todo, la Unión Europea – que tanto cacarea de Derechos Humanos y de democracia – vio bajar la tasa de sindicalización de un 23,5% a un 12,3%…
Desde la ofensiva neoliberal el retroceso de la tasa de sindicalización es aún más evidente:
• Francia: de un 15% en 1985 a sólo un 7,6% en el año 2008
• Gran Bretaña: de un 59% en 1979 a apenas 27,1% en el año 2008
• España: de un 27% en 1980 a un pálido 15% en el año 2008
• Italia: de un 48% en 1985 a un 33,4% en el año 2008
• Alemania (occidental): de un 35% en 1985 a un débil 19,15% en el año 2008
¿Hay que sorprenderse de que en un período significativo de 30 años – ¡treinta años! – los salarios no hayan progresado ni en Francia ni en Alemania?
En los EEUU, paraíso de la libre empresa, la sindicalización bajó de un 36% en el año 1953 a un 12% en el año 2006 (apenas un 7,4% en el sector privado).
En Chile pasamos del 15.3% en 1991 a un 11,1% en el 2002 (INE-OIT). En la actividad minera pasamos de un 68,8% a un 50,2%. En el año 2009 el porcentaje de cobertura de la negociación colectiva no superaba al 6% de los trabajadores.
Como han cacareado tanto a propósito de la entrada de Chile en la OCDE, hay que recordar que en el año 2008 el promedio de la tasa de sindicalización en la OCDE era de un 28%… Chile: uno de los países más pobres de la OCDE, el de peor distribución del ingreso, y que tiene menos de la mitad de sindicalizados que el promedio.
¿Quién ha (co)gobernado el país durante los últimos 24 años?
A la firma del proyecto que propone el Ejecutivo, pergeñado entre cuatro paredes, fueron invitados los actores del drama, como conviene a quienes propician la “colaboración de clases”.
En otros países dejan negociar a la patronal con las centrales sindicales. Aquí no. ¿Visto que ni siquiera hay alguna central sindical digna de ese nombre… y los empresarios están sobre representados en el gobierno? Lo cierto es que la participación de los sindicatos de trabajadores en la redacción del proyecto de ley es nula.
La reforma laboral propuesta – por lo poco que sabemos hasta ahora – no toca ni el artículo 16º de la Constitución, ni el Código del Trabajo que habría sencillamente que abrogar para redactar uno nuevo.
¡Y eso que aún el proyecto no pasa por la “cocina” de Andrés Zaldívar!
El artículo 16º de la Constitución – que merece ser conocido – dice, literalmente:
Art: 16º. La libertad de trabajo y su protección (sic)
“No podrán declararse en huelga los funcionarios del Estado ni de las municipalidades. Tampoco podrán hacerlo las personas que trabajen en corporaciones o empresas, cualquiera que sea su naturaleza, finalidad o función, que atiendan servicios de utilidad pública o cuya paralización cause grave daño a la salud, a la economía del país, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional.”
Según la Constitución de la dictadura que aún nos somete y nos priva de los derechos más elementales, en Chile la huelga no es ilegal… ¡Es anticonstitucional! Lo que no quiere decir que no haya huelgas… pero el ejecutivo se reserva el derecho de aplicarles la ley de seguridad interior del Estado cuando lo estime conveniente.
Luego, ¿qué decir del Código del Trabajo redactado por William Thayer Arteaga, democratacristiano que fuese ministro del Trabajo de Eduardo Frei Montalva, y años después ministro del Trabajo de Pinochet?
Ese Código del Trabajo sigue en pie, incólume, intocado, preservado. No lo digo yo… lo dice el propio William Thayer Arteaga:
“La gran diferencia entre la legislación de 1987, cuyo objetivo era hacer compatible un sistema laboral individual y colectivo con una economía social de mercado, y el nuevo Código de 1994, estribaría más en la manera en que se ha legislado que en la sustancia de las normas” (William Thayer Arteaga -“Orígenes, evolución y perspectivas del derecho laboral chileno” – 1994).
Según este estimable ministro de dos regímenes, aparte algunas comas y dos o tres palabritas, su obra sigue en el estado en que él mismo la redactó y fue impuesta por la dictadura.
Alguien pudiese argüir que William Thayer Arteaga es un testigo poco confiable, habida cuenta de sus relaciones con la Junta Militar que usurpó los poderes legislativos además del poder ejecutivo.
Por esa razón creo prudente agregar las declaraciones que nos hizo para nuestra emisión radial “Lóbulo Varietal”, difundida en la radio Universidad de Chile, María Ester Feres, quién fuese durante once años Directora del Trabajo en los gobiernos de la Concertación:
“En Chile existe efectivamente una legislación laboral, que en lo que dice relación con las relaciones colectivas de trabajo no ha tenido ninguna reforma estructural (…) en lo que se conoce como Plan Laboral. Ha habido varias modificaciones pero nada ha afectado la esencia del modelo de relaciones colectivas”. María Ester Feres – ex Directora del Trabajo (2010)
Sinceramente sorprendido de las palabras de María Ester Feres, mi apreciado amigo y colega radial Joaquín Figueroa insistió para tener más precisiones. Y nuestra admirable entrevistada, que no tiene pelos en la lengua, nos dijo:
“La legislación actual que tenemos en materia de relaciones colectivas de trabajo (…) tiende a proteger al sector empleador frente a una potencial aglutinación de los trabajadores en organizaciones sindicales.”
El Código del Trabajo, cuya existencia misma se hizo necesaria en el mundo civilizado por los históricos abusos en que incurrieron los patrones, en Chile “protege al sector empleador”.
Lo expuesto señala necesidad de abrogar los dos engendros mencionados, que constituyen un atentado ignominioso a los derechos de los trabajadores. Esa supresión necesaria es un punto de partida, que debiese abrirle la puerta a otro tipo de relaciones laborales. Una basada en el pleno reconocimiento del papel que juegan los trabajadores en el proceso productivo, en la creación de riqueza.
Ninguna reforma que pase bajo silencio estos dos elementos merece siquiera el apelativo de reforma.
Luis Casado
Politika – El Ciudadano