El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Arturo Zaldívar Lelo de Larrea inició este lunes 14 de junio el proceso de consulta de la reciente reforma al Poder Judicial, lanzando cuatro preguntas centradas en la posible inconstitucionalidad del artículo que le permite ampliar dos años más su gestión en la corte y en el Consejo de la Judicatura.
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Las preguntas son:
- Ante la posible inconstitucionalidad del artículo Décimo Tercero transitorio del Decreto de reforma, ¿qué determinación debe de adoptar el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación?
- ¿Puede el pleno de la Suprema Corte pronunciarse sobre la constitucionalidad de normas generales que pudieran afectar la autonomía e independencia del Poder Judicial de la Federación o de alguno de sus órganos, fuera de un medio de control constitucional promovido por parte legitimada?
- En su caso, ¿qué mayoría se requiere para invalidar o inaplicar una norma general?, ¿basta la mayoría simple o se requiere de una mayoría calificada de ocho votos?
- ¿El contenido del artículo Décimo Tercero transitorio del Decreto de reformas es acorde con los artículos 97 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?
La consulta está sometida para el pleno de la Corte y en la carta que el presidente ministro Zaldívar difundió en sus redes sociales señala:
“Comparto escrito por el que activo el procedimiento para que el Pleno de la SCJN se pronuncie, a la brevedad, sobre la constitucionalidad del artículo décimo tercero transitorio de la reforma judicial”.
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
Además, sostiene que es urgente que las y los ministros del máximo tribunal se pronuncien lo antes posible sobre la ley aprobada por el Congreso e impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
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El artículo transitorio que ha causado polémica amplía hasta el 2024 la gestión del ministro Arturo Zaldívar, empatando con el periodo de conclusión del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, quien ha dicho que el ministro Zaldívar es el único que puede llevar a buen término la reforma del poder judicial.
Los artículos 97 y 100 de la Constitución prohíben la reelección del mandato del presidente de la Corte previsto solo para cuatro años.
El Ciudadano / Agencia APRO