Senado aprueba control preventivo de identidad y acota filtraciones

Policía podrán retener hasta por cuatro horas a una persona. Periodistas libran de ser encarcelados por difundir información en el marco de procesos judiciales.

Senado aprueba control preventivo de identidad y acota filtraciones

Autor: Patricio Araya

control-de-identidadTras la aprobación por 20 votos a favor –entre los cuales se cuenta a los senadores DC Ignacio Walker y Andrés Zaldívar– y 14 en contra, la sala del Senado despachó a tercer trámite en la Cámara de Diputados el control preventivo de identidad. La medida se enmarca en la denominada Agenda Corta Antidelincuencia que impulsa el Ejecutivo.

Cabe destacar que, sumado al hecho de que dos senadores de la Nueva Mayoría (Ignacio Walker y Andrés Zaldívar) votaron en bloque con la derecha el punto sobre control preventivo de identidad, un tercer legislador oficialista, hallándose presente en el edificio del Congreso, el senador (DC) Patricio Walker –hasta hace tres semanas presidente del Senado–, no ingresó a la votación realizada en la Sala.

El proyecto de ley establece que los funcionarios policiales podrán controlar la identidad de cualquier persona mayor de 14 años en vías públicas, por cualquier medio de identificación, tal como cédula de identidad, licencia de conducir, pasaporte o tarjeta nacional estudiantil. El funcionario policial deberá otorgar a la persona las facilidades del caso para identificarse, pudiendo utilizarse todos los medios tecnológicos idóneos para tal efecto.

En caso de duda de si la persona es mayor o menor de 14 años, se entenderá siempre que es menor de esa edad. Asimismo, se señala que los funcionarios policiales deberán exhibir su placa y señalar su nombre, grado y dotación. Si la persona se negare a acreditar su identidad o si, habiendo recibido las facilidades del caso, no le fuere posible hacerlo, la policía podrá conducirla a la unidad policial más cercana para identificarla.  Se precisa que este procedimiento no deberá extenderse por más de cuatro horas tratándose de mayores de 18 años y de una hora cuando se tratare de personas mayores de 14 años y menores de 18.

Filtraciones

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Filtraciones: texto definitivo aprobado por la Sala del Senado.

En tanto, por 29 votos a favor y las abstenciones de los senadores independientes Carlos Bianchi, Antonio Horvath y Lily Pérez, la Sala aprobó la norma propuesta por la Comisión de Constitución para precisar quiénes son sujetos de sanción cuando se produzcan filtraciones en las investigaciones judiciales en proceso.

La norma aprobada señala que «los funcionarios públicos que hubieren participado en una actuación de la investigación, los peritos y las personas que accedan a la investigación en virtud de una diligencia ordenada por el Ministerio Público, o una orden de un tribunal, estarán obligados a guardar secreto de las mismas. Igual obligación tendrán los intervinientes que señala el artículo 12 respecto de las diligencias de la investigación a las que hayan tenido acceso. Las personas indicadas en el inciso anterior que infrinjan el deber de guardar secreto serán sancionadas con la pena de multa de 20 a 200 UTM o presidio menor en su grado mínimo (61 a 541 días)».

“A juicio del gobierno, nunca estuvo, ni en la letra ni en el espíritu de quienes participaron en esa redacción, intentar afectar a terceros ajenos a los intervinientes”, aclaró el ministro del Interior Jorge Burgos.

“Lo que a nosotros nos interesa como sociedad es que se esclarezcan los delitos y para ello hay que entregarle ciertas herramientas al Ministerio Público, por esa razón se establecen ciertas normas de secreto, que por lo demás, están vigentes desde el año 2000; no son normas que le se le ocurrieron a la comisión (de Constitución)”, comentó el senador Pedro Araya, quien preside esa instancia. Araya dijo que la nueva disposición se refiere a los funcionarios públicos que participan en una investigación (Carabineros, PDI y fiscales), a los intervinientes y a terceras personas que hayan tenido que realizar diligencias, cuestión que no afecta a los periodistas.

Respecto a los efectos que pueda tener la norma para el ejercicio del periodismo, la presidenta del Colegio de Periodistas, Javiera Olivares sostuvo que si bien ésta excluye de sanciones penales a los periodistas “lo que entendemos que acoge es un postulado que nosotros planteamos, la verdad es que mantiene todavía una dificultad a la hora de acceder a las fuentes, y además, nosotros devaluamos que puede incluso generar una cultura del amedrentamiento, donde quienes tengan información de los casos de corrupción que ya conocemos, no se atrevan a entregarla justamente porque pueden ir a la cárcel”, explicó la dirigenta.

En la oportunidad, el Colegio de la Orden hizo un llamado la Cámara de Diputados a rechazar la iniciativa aprobada por el Senado con el objetivo que sea una comisión mixta la que estudie la indicación.

Por su parte, el senador y ex presidente del Colegio de Periodistas, Alejandro Guillier, comentó que la norma representa un escenario ambivalente. “Aquí hay una noticia buena y una mala. Es buena en el sentido que definitivamente se saca a los periodistas del riesgo de aplicarles la norma por el deber de informar, pero se mantienen las limitaciones al acceso a las fuentes y se inhiben a las fuentes a entregar información”, puntualizó.

 

 


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