La ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, contempla su entrada en vigencia tres meses después de la publicación del reglamento dictado por la Presidenta de la República, el cual se encuentra cumpliendo su trámite de toma de razón ante la Contraloría General de la República.
El Congreso Nacional quedará sujeto a esa normativa, pero la ley establece que las respectivas Comisiones de Ética y Transparencia propondrán a las Salas la regulación de los registros que allí se contemplan y que estarán a su cargo, cuales son el registro de agenda pública, que incluye audiencias o reuniones, viajes y donativos, y el registro de lobbistas y de gestores de intereses particulares.
Con vistas a dar cumplimiento a ese mandato, se ha preparado un texto de reglamento de dichos registros para que sirva de base a la discusión interna, armonizado con el que ha elaborado, a su vez, la Cámara de Diputados.
Tal como hizo el Gobierno con el reglamento de la ley, se ha concordado también con la Cámara de Diputados en abrir un período durante el cual dichos documentos se sometan a consulta pública, de modo que cualquier persona interesada pueda hacer llegar su opinión y formular las sugerencias que estime conveniente.
En el caso del Senado, la consulta pública se abre desde el día de hoy, lunes 30 de junio, hasta el 18 de julio, en su respectiva página web (Senador Virtual), en el convencimiento de que se recibirán comentarios o planteamientos de interés que contribuirán al perfeccionamiento de esta nueva normativa, sin perjuicio de que, con este procedimiento, se ha querido resaltar el espíritu de apertura con que el Senado y su Comisión especializada están empeñados en abordar esta tarea.
Para este efecto, se utilizará nuestro habitual sistema de intercambio de ideas con la comunidad sobre los principales proyectos de ley, que se ha consolidado con el transcurso de los años como un eficaz medio de participación ciudadana.