Tepjf confirma prohibición de proselitismo para presidenciables de Morena

El 12 y 26 de julio el partido político incurrió en actos anticipados de campaña, denunciados el Partido de la Revolución Democrática

Tepjf confirma prohibición de proselitismo para presidenciables de Morena

Autor: El Ciudadano México

Por mayoría de votos, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), confirmó parcialmente el acuerdo dictado por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), que ordena al partido Morena abstenerse de organizar, convocar y realizar eventos proselitistas.

  • Los magistrados Mónica Aralí Soto Fregoso, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y José Luis Vargas Valdez votaron en contra.

El partido vinotinto deberá evitar eventos como los realizados en el 12 y 26 de junio en el Estado de México y Coahuila, «porque podrían vulnerar los principios que rigen a los procesos electorales».

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Por lo anterior, los siguientes servidores políticos se consideran personas denunciadas, «por participar de forma activa o preponderante» en el evento que originó la queja presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD):

  • Claudia Sheinbaum, jefa de Gobierno de la Ciudad de México
  • Adán Augusto López, secretario de Gobernación Federal
  • Ricardo Monreal, senador de la República
  • Moisés Ignacio Mier Velazco, diputado federal
  • Aleida Alavez, diputada federal
  • Evelyn Cecia Salgado, gobernadora de Guerrero
  • Mario Martín Delgado Carrillo, presidente nacional de Morena y de este partido

Resoluciones del Tribunal

El Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal determinó que la Comisión de Quejas del INE sí valoró la posibilidad de que la conducta ilícita se repita, al tomar en cuenta un evento denunciado con anterioridad y la actitud de las personas denunciadas.

El Tepjf revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas, únicamente por la medida cautelar preventiva, respecto de las personas públicas que no fueron expresamente denunciadas ni estuvieron presentes en el acto que motivó la queja, al no haber señalado razones para ello.

Ahora, la Comisión de Quejas del INE deberá emitir una nueva decisión en la que precise las razones particulares que justificarían las medidas cautelares preventivas, así como emitir un boletín informativo para precisar la nueva conclusión a la que llegue.

La Sala Superior consideró ineficaz lo relativo a ordenar al consejero Ciro Murayama el retiro de diversas publicaciones en Twitter alusivas a las conductas denunciadas, ya que esto no es materia de controversia del procedimiento especial sancionador.

Foto: Archivo El Ciudadano México

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