México, 25 de agosto 2021. Un plazo máximo de 30 días naturales a partir del 1 de septiembre otorgó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al Congreso para aprobar la Ley de Revocación de Mandato.
Durante reunión virtual, el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera explicó que “en los trabajos legislativos de la Cámara de Diputados se estimó que la revocación del mandato es un instrumento para la transformación democrática del régimen político precisamente a través de la democracia participativa, que busca sustentar un sistema progresivo que atienda a la estabilidad y la gobernabilidad”.
En cuanto a la dilación en que ha incurrido el Congreso de la Unión para aprobar la mencionada Ley, el magistrado Fuentes Barrera señaló que dicho órgano legislativo “incurrió en una omisión absoluta en ejercicio de competencia obligatoria, porque dejó de emitir la Ley Reglamentaria en el plazo de 180 días que dispuso el Poder Reformador de la Constitución” a partir del 20 de diciembre de 2019, cuando se publicó en Diario Oficial de la Federación.
También lee: TEPJF: Una crisis que no para de crecer
Dicha omisión fue impugnada por el partido MORENA, el Consejo Nacional de Litigio Estratégico, así como un ciudadano. Para la fecha en que presentaron la impugnación, no había en el pleno legislativo alguna iniciativa sobre la revocación del mandato.
La omisión de parte del Congreso de la Unión limitaba y lesionaba los derechos políticos de la ciudadanía y no daba cabal cumplimiento a la reforma constitucional; por ello, y con mayoría de votos, el TEPJF emplazó al Congreso para que emita la ley reglamentaria de revocación del mandato.