¿Tienes lotes baldíos?, esto te costará la limpieza que hará Ayuntamiento

La Comuna argumentó que los terrenos son un "foco" de contaminación y guaridas para delincuentes, por tal, los dueños serán notificados sobre los costos y multas, en caso de abandonar el predio

¿Tienes lotes baldíos?, esto te costará la limpieza que hará Ayuntamiento

Autor: David Celestino

El Ayuntamiento de Puebla comenzó la limpia de predios particulares abandonados por sus dueños, bajo argumento de que son “un foco de riesgo” para los transeúntes, luego de distintas denuncias de vecinos de la ciudad a quienes aqueja la inseguridad en sus colonias.

La secretaria de Medio Ambiente, Myriam Arabian Couttolenc, confirmó este miércoles que la Comuna realizó la intervención a dos lotes sin construcción, por lo que sus dueños serán notificados del costo de limpieza y una multa por omitir el mantenimiento.

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¿Cuánto cobrará el Ayuntamiento?

En entrevista, Arabian Couttolenc advirtió que el monto destinado por el dueño dependerá del tamaño del terreno y el tipo de desechos o fauna del lugar.

Según establece el capítulo X de la Ley de Ingresos vigente, el gobierno municipal podrá cobrar por “servicios especiales prestados por el Organismo Operador de Limpia (OOSL)”, los cuales tendrán un costo por hora.

En el artículo 52 de dicho apartado, refiere que los pagos serán por el uso de maquinaria y el personal que labore en los trabajos, los cuales van desde los 27 hasta los mil 766 pesos.

Por utilizar una camioneta durante una hora el costo asciende a 79 pesos con 72 centavos, aunque en caso de requerir un camión de volteo la Comuna cobrará mil 569 pesos y por una barredora de alto tráfico hasta mil 766 pesos.

En caso de utilizar a personal de barrido, las trabajadoras llamadas “naranjitas”, el precio es de 27 pesos, mientras que un conductor de camioneta cobra 59 pesos, un supervisor 81 pesos y el operador de la barredora cuesta 253 pesos.

Cuotas por uso de maquinaria por hora:

  • Barredora de alto tráfico, mil 766 pesos con 86 centavos
  • Minibarredora o succionadora, mil 539 pesos con 18 centavos
  • Camión de volteo o cuna, mil 568 pesos con 92 centavos
  • Equipo bber o camioneta, 79 pesos con 72 centavos

Costo hora hombre por servicio

  • Personal de barrido manual, 27 pesos con 2 centavos
  • Operador de barredora, succionadora, camión de volteo o camioneta, 59 pesos con 45 centavos
  • Supervisor, 81 pesos con 8 centavos
  • Barredora de alto tráfico, mini barredora (con tiempo mínimo de dos horas), 235 pesos con 70 centavos
  • Costo por unidad por el retiro de pendones o lonas publicitarias 56 pesos con 63 centavos

¿Cuál sería la multa?

En el artículo 1388, el Código Reglamentario Municipal (Coremun), establece multas a quienes tiren “o se les detecte depositando residuos sólidos urbanos” en lugares no establecidos como los lotes baldíos. La multa, de 10 a 100 días de salario mínimo; es decir de mil 728 a 17 mil 287 pesos.

Según el inciso j, del capítulo V del artículo 207 del Coremun, también es considerado una falta administrativa, con multa de 15 a 100 días de salario mínimo, “Arrojar a la vía pública, lotes baldíos, ríos o barrancas, basura u objetos que puedan causar molestia a los vecinos, transeúntes o vehículos”.

Fundamento

Por instrucción del alcalde, Eduardo Rivera Pérez, los regidores pidieron en el Cabildo que el OOSL y la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) intervinieran los lotes baldíos, al señalar que los propietarios tienen la obligación de darles mantenimiento.

El Coremun también señala que la Comuna puede intervenir los lotes privados en caso de que los particulares omitan el servicio, con derecho de imponer multas.

“Es obligación de los propietarios o poseedores de predios baldíos localizados dentro del Municipio, aislarlos de la vía pública por medio de una barda, y mantenerlos en condiciones de seguridad y limpieza. En caso de que el propietario o poseedor no acate esta disposición, podrá el Ayuntamiento hacerlo por su cuenta sin perjuicio de las sanciones que se impongan por desobediencia al mandato de autoridad”

Artículo 1086
Código Reglamentario Municipal del Ayuntamiento de Puebla

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Foto: Agencia Enfoque

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