El Wallmapu o territorio ancestral mapuche abarca, solo por el lado chileno desde Copiapó hasta la Isla de Chiloé. El enfrentamientos con el imperio español delimitó el territorio mapuche desde el río Bio Bio por el Norte. Luego de la “pacificación” y reducción llevada a cabo por el Estado chileno a fines del siglo XIX y principios del XX, el territorios mapuche quedo reducido a la fuerza en “títulos de merced”. Martín Correa, historiador, señala que “una vez afianzada la ocupación militar y construida la línea de fuertes en las riberas del río Malleco, a través de los fortines de Curaco, Perasco, Collipulli, Mariluan, Chiguaihue, Lolenco, Cancura y Huequen, cubriendo así todo el valle central de la frontera norte del territorio mapuche, el Estado confiscará las tierras de antigua ocupación mapuche, las declarará fiscales y serán rematadas en la ciudad de Santiago, a diversos particulares, chilenos y extranjeros”2.
Este proceso de reducción territorial, que durante el siglo XX se profundizó y consolidó, es el origen y fundamento histórico de la actual demanda mapuche por sus tierras ancestrales. Un ejemplo de esta historia es Rankilco, la misma comunidad que encabezo una toma de la Dirección Nacional de CONADI en Temuco, desalojada violentamente por Carabineros. Martín Correa señala “la demanda de las familias de Rankilko continúan siendo las 1.200 hectáreas que le corresponden como herencia del Lonko Manuel Pillan, las tierras antiguas, que hoy, de acuerdo al testimonio del werken Rodrigo Curipan, están en manos de las Forestales Mininco y Arauco, que tienen la mayor parte de las tierras usurpadas, en un 70%, pero también hay una parte importante de particulares, que corresponden a las familias San Martin, los Muñoz, los Beltrán, los Gacitúa, los Pérez, González Jarpa, y la señora Luzbenia Aguilera”3.
Luego de mas de un siglo haciendo oídos sordos y castigando las demandas territoriales mapuche, el Estado asume tibiamente su responsabilidad. Mediante la dictación de la “Ley Indígena”4,, la cual establece un mecanismo denominado “Fondo de Tierras”. Este instrumento, más que una forma de restitución de territorio ancestral, es un “mecanismo(s) de compra de tierras para indígenas, que no reconoce el legítimo derecho que tienen los pueblos indígenas a reclamar y reconstruir sus territorios”5. Además posee a graves deficiencia como son “la falta de procedimientos transparentes en los mecanismos de restitución y/o entrega de tierras, la inexistencia de criterios preestablecidos, las presiones o injerencias que existirían en el proceso de selección de los predios a adquirir, el uso del mercado como medio principal de restitución de tierras y la falta de acompañamiento productivo a las comunidades a las que se les compra tierra”6. Además, se ha dado una interpretación restrictiva del concepto de tierras indígenas, permitiendo que este Fondo solamente financie iniciativas destinadas a restituir tierras reconocidas como indígenas por derivar de un título emanado del Estado, excluyendo de esta interpretación las tierras ancestrales o de uso consuetudinario, de conformidad con el derecho internacional7.
Desde la entrada en vigencia de la Ley Indígena8 , se han organizado un total de 15 concursos anuales para el subsidio de tierras9. Las postulaciones, tanto individuales como de comunidades, al año 2014, han ascendido a 30.650, adjudicandose solo 1.125 subsidios, es decir un 3,7%, lo que da cuenta de la alta demanda de tierras insatisfecha. Respecto del subsidio del artículo 20 letra B de la Ley n.º 19.253, “es difícil que se pueda contar con un dato definitivo de la cantidad de tierra demandada, puesto que esta crece año a año (…) asimismo, muchas comunidades a las cuales se les ha restituido tierra mediante el mecanismo del artículo 20 letra b) sostienen que su demanda se encuentra incompleta y que van volver a solicitar compra de tierra”10.
Otro aspecto preocupante es la lentitud del mecanismo. En relación con el artículo 20 letra B, actualmente existen cerca de 150 comunidades que tienen aprobado su subsidio (resolución de aplicabilidad) sin que CONADI concrete aún la compra de sus tierras, existiendo casos en que “la espera de esta respuesta ha demorado 17 años sin que hasta la fecha se obtenga una solución satisfactoria”11. El presupuesto destinado por el Estado para el financiamiento de este mecanismo ha sido insuficiente, lo que se ha agravado por las prácticas de especulación inmobiliaria, que han generado alzas desmedidas de precios, generando un “menor rendimiento de los dineros invertidos en relación con las hectáreas adquiridas”12.
El Lof Rankilco, nuevamente es un ejemplo claro y crudo. “La comunidad Rankilko lleva más de 14 años en el proceso recuperación de sus tierras ancestrales y por ende, tiene toda la documentación al día ante la institución del estado que es Conadi. Responsabilizamos en lo absoluto al estado de estos hechos, por no tener ninguna voluntad política de querer resolver nuestras demandas territoriales que tenemos como comunidad. Dejamos en conocimiento público que el predio donde se está construyendo las viviendas esta tazado por Conadi y que pertenece a la familia Pérez Gámbaro”.13
Quienes ganan y quienes pierden.
La región de La Araucanía, concentra el mayor porcentaje población en situación de pobreza del país, con un 27,9%, la siguen la XIV región de Los Ríos, con un índice de un 23,1%, luego la VIII, con un 22,3% y finalmente la X región, con un 17,6% de personas en situación de pobreza. Las comunas más pobres del país son: Lonquimay, Nueva Imperial, Perquenco, Lumaco, Teodoro Schmidt, Puerto Saavedra y Toltén, de La Araucanía, Alto Bío Bío, Cañete y San Juan de La Costa. Todas estas regiones y comunas, son parte del territorio ancestral mapuche, concentran un alto porcentaje de población Mapuche14. Lo anterior resulta contradictorio con las enormes inversiones que diferentes grupos económicos imponen en territorio mapuche, generándoles enormes beneficios de los cuales son excluidos los legítimos dueños de dichos territorios.
Un claro ejemplo es el sector forestal, el cual concentra sus plantaciones en las regiones VIII y IX, con 919.793 hectáreas y 484.126 hectáreas, respectivamente. Esta rama productiva “después de la minería constituye la segunda actividad económica más importante después de la minería15”.Durante el año 2014 las exportaciones de productos forestales alcanzaron a U$ 5.496,8 millones, lo que equivale a un aumento de 3,7% respecto del monto registrado el 201316. Los mayores impactos de las plantaciones forestales son el desecamiento y contaminación de fuentes de agua, uso de pesticidas, sistemas inapropiados de cosecha y aumento del riesgo de incendios, además de la sustitución de bosque nativo, lo que impiden el normal desarrollo del pueblo mapuche acorde a su sistema de vida y costumbre, incrementando los indices de pobreza. Este sector productivo, ha contado desde el año 1974 hasta la fecha, de un subsidio estatal cuya prorroga y ampliación nuevamente se discute en el Congreso, a pesar del rechazo de organizaciones sociales y del pueblo mapuche17.
Esta tortuosa y vigente historia ha empujado a cientos de comunidades mapuche a movilizase permanente, generando el disgusto del empresariado, quienes han exigido se aplique todo el peso de ley contra quienes amenazan sus intereses. Esto explica la alta presencia policial en territorio mapuche. “Las propias comunidades hablan de una “militarización” de la zona, haciendo referencia a la constante presencia policial en sus comunidades, mediante Carabineros visible y fuertemente armados en las vías de acceso a las comunidades o a la presencia de helicópteros sobrevolando las comunidades”18.
Después de ser desaloja de las oficinas de CONADI, el werken Rodrigo Curipan, del Lof Rankilco, señaló: “como respuesta a nuestras demandas histórica solo hemos recibido violencia, dando una señal clara de cuál será su postura frente a las históricas demandas del pueblo mapuche, ofreciendo en cambio un diálogo asistencialista, inconducente y que no va al fondo de nuestras legítimas demandas, han aprovechado los medios de comunicación para tergiversar la verdad y sostener públicamente que somos nosotros quienes nos negamos al diálogo”.
La demanda de restitución territorial mapuche tiene un origen y explicación clara, aunque las autoridades, los medios de comunicación, las forestales y latifundistas quieran desconocerlo. Dicha demanda tiene pleno reconocimiento en el sistema internacional de derechos humanos, del cual estado de Chile es parte. A modo de ejemplo el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, organismo de Naciones Unidas que supervisa el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en Junio de este año manifestó su preocupación por “la limitada protección al derecho que tienen los pueblos indígenas a disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, así como de sus tierras ancestrales”, por lo que recomendó al estado “aumente sus esfuerzos para garantizar el derecho que tienen los pueblos indígenas a disponer libremente de sus tierras, territorios y recursos naturales, incluso mediante el reconocimiento legal y protección jurídica necesaria”19. Recomendación aún desoída.
Este escenario, de negación permanente de la legitima territorial mapuche, no ha mermado el espíritu de cientos de comunidades despojadas de su territorio ancestral. “Miro hacia el sur por mi ventana y pienso en mis hermanos/ mientras me pierdo lentamente/ en el horizonte infinito de mis sueños”. Estas palabras escritas por Matias Catrileo, joven luchador mapuche asesinado por Carabineros en el marco de un proceso recuperación territorial, reflejan la convicción de muchos que como él siguen recorriendo el horizonte infinito del sueño de recuperar las tierras arrebatadas de las manos de sus abuelos, pero nunca de la memoria colectiva de un pueblo.
Notas:
1. Sergio Millaman es abogado, miembro del Colectivo de comunicación mapuche Mapuexpress. Actualmente es parte del Equipo jurídico del Observatorio Ciudadano. Artículo publicado originalmente el la edición n° 28 del periódico El Irreverente, en octubre del 2015.
2. Correa, Martín, “Las Tierras Mapuche de Rankilko: 150 años de resistencia”, ver:http://www.mapuexpress.org/?p=1598
3. Ídem.
4. Ley N.º 19.253,“Establece Normas Sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y Crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena”
5. González P, Karina; Meza-Lopehandía G., Matías; Sanchez Curihuentru, Rubén; Documento de Trabajo N° 6: Política de Tierras y Derechos Territoriales de los Pueblos Indígenas en Chile: el caso de las Comunidades “Carimán Sánchez y Gonzalo Marín” y “Comunidad Manuel Contreras”, Página 6; Ver:http://www.observatorio.cl/plibro/ficha/203
6. Rivas, Antonia; Política pública de tierras y territorios indígenas, El Mostrador, publicado el 2 de noviembre del 2014. Verhttp://www.elmostrador.cl/opinion/2014/11/02/politica-publica-de-tierras-y-territorios-indigenas/ (Revisado el 27 de abril del 2015)
7. Informe de Organizaciones Sociedad Civil y De Pueblos Indígenas Referido Al Examen Periódico Universal Del Estado De Chile Por El Consejo De Derechos Humanos De Naciones Unidas (2014), Párrafo 19,Ver: http://www.observatorio.cl/plibro/ficha/9571
8. Instituto Nacional de Derechos Humanos; Informe Anual Situación de los Derechos Humanos en Chile 2014, Capítulo 5: Territorios y Derechos Humanos. Ver:http://www.indh.cl/wp-content/uploads/2014/12/Territorios-y-derechos-humanos-INDH-2014.pdf
9. Subsidio de tierras del artículo 20 letra A, Ley n.º 19.253.
10. Universidad Diego Portales, Centro de Derechos Humanos; Informe Anual sobre Derechos Humanos en Chile 2014, Capítulo: Territorios indígenas y política pública de entrega de tierra en Chile, Página 183. Ver: http://www.indh.cl/wp-content/uploads/2014/12/Territorios-y-derechos-humanos-INDH-2014.pdf
11. Instituto Nacional de Derechos Humanos; Informe Anual Situación de los Derechos Humanos en Chile 2014, Capítulo 5: Territorios y Derechos Humanos. Pagina 240. Ver:http://www.indh.cl/wp-content/uploads/2014/12/Territorios-y-derechos-humanos-INDH-2014.pdf
12. Instituto Nacional de Derechos Humanos; Informe Anual Situación de los Derechos Humanos en Chile 2014, Capítulo 5: Territorios y Derechos Humanos. Pagina 240. Ver:http://www.indh.cl/wp-content/uploads/2014/12/Territorios-y-derechos-humanos-INDH-2014.pdf
13. Correa, Martín, “Las Tierras Mapuche de Rankilko: 150 años de resistencia”, ver:http://www.mapuexpress.org/?p=1598
14. Encuesta CASEN 2013, en la IX región, existe una población indígena de 309.352 personas, equivalente al 19,8% de la población regional. En las regiones VIII, XIV y X, la población indígena, corresponde a 106.729 personas, equivalente al 6,8% de la población en la VIII región; a 80.958 personas, equivalente al 5,2% de la población de la XIV región; y a 209.214 personas, equivalente al 13,4% de la población de la X región.
15 Frêne Conget, Cristián y Núñez Ávila, Mariela“Hacia un nuevo Modelo Forestal en Chile”, en REVISTA Bosque Nativo 47: 25 – 35, 2010, ver:http://www.bosquenativo.cl/descargas/Revista_Bosque_Nativo/RBN_47_art_op2web.pdf
16. Boletín de Exportaciones Forestales Chilenas. Ver:http://wef.infor.cl/publicaciones/exportaciones/2014/11/Exportaciones201411.pdf
17. Para mayor información: “Denuncian vicios e irregularidades: Proyecto Ley sobre prórroga Decreto 701 fomento forestal sin consulta indígena;” ver:http://www.mapuexpress.org/?p=4365.
18. Amnistía Internacional; Estándares de derechos humanos y el pueblo mapuche. Ver:http://amnistia.cl/web/wp-content/uploads/2015/02/Est–ndares-de-derechos-humanos-y-el-pueblo-mapuche.pdf
19. Observaciones finales sobre el cuarto informe periódico de Chile, E/C.12/CHL/CO/4