Contraloría del Maule verificó malgasto de recursos públicos ante «error» de municipio de Teno

Si bien señaló que la eventual responsabilidad del director de Obras, Sergio Espinoza, en la emisión de un certificado con datos erróneos sobre el terreno para la construcción del denominado "Parque Lautaro", está prescrita, el ente exigió que la administración de la alcaldesa Sandra Valenzuela cumpla con la ley de probidad y adopte "medidas correctivas" sobre la materia informada por El Ciudadano.

Contraloría del Maule verificó malgasto de recursos públicos ante «error» de municipio de Teno

Autor: Matías Rojas

TenoLautaro

Un veredicto sobre la equivocación del Departamento de Obras de la Municipalidad de Teno que motivó el estancamiento del proyecto conocido como «Parque Lautaro» y el derroche de casi $30 millones en fondos para la comuna, dio a conocer esta semana la Contraloría Regional del Maule en virtud de una presentación realizada por este medio con posterioridad al reportaje que informó detalladamente sobre el caso, el pasado 18 de enero.

El órgano remitió una copia del oficio Nº 6.713, del mes de septiembre de 2016, que afirmó que «resulta inoficioso iniciar un procedimiento disciplinario destinado a establecer eventuales responsabilidades administrativas» sobre los hechos denunciados, al encontrarse prescrito el asunto que involucra al jefe de Obras, Sergio Espinoza Coya, en la emisión de un documento con datos erróneos sobre la propiedad del terreno que se había destinado al proyecto.

No obstante, la Contraloría hizo un llamado de atención a la alcaldesa UDI Sandra Valenzuela, recordando que «el ejercicio de la función pública que supone el quehacer funcionario… obliga a dar, en todas sus actuaciones, esctricto cumplimiento al principio de probidad», evitando así «contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad que rigen el desempeño de los cargos públicos, con grave entorpecimiento del servicio o del ejercicio de los derechos ciudadanos ante la administración».

Como publicó El Ciudadano hace algunas semanas, a través del certificado Nº 171 de la Dirección de Obras de Teno, confeccionado el 24 de marzo de 2011, se señaló erróneamente que el terreno donde se construiría el proyecto – que consistía en un paseo contiguo a la línea férrea de la ciudad con paraderos, ciclovías, gimnasios al aire libre, juegos infantiles e iluminación, en el borde de la Avenida Lautaro – era un Bien Nacional de Uso Público (BNUP), pese a que una porción del mismo pertenecía a la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE).

La diferencia con el ancho real del terreno fue advertida dos años más tarde, cuando la consultora Valeria Vásquez Valdivia, adjudicataria de la elaboración del bosquejo del Parque Lautaro que trabajó sobre la base del certificado municipal , ya había recibido un pago de $26.908.906 del Seremi de Vivienda del Maule.

En el marco del análisis del caso, la municipalidad informó a la Contraloría que establecer «la situación o calidad jurídica de los terrenos que comprendía el parque urbano» fueron materia de competencia de la Seremi, responsable de la licitación del diseño del proyecto, y no del director de Obras comunal.

En defensa, nuevamente, del papel que desempeñó en el proyecto, la gestión de Sandra Valenzuela agregó que pese a acreditar con el certificado erróneo la condición de bien nacional del terreno en cuestión, «a ninguna de las dos mencionadas entidades le correspondía establecer los límites… debido a que esa es una labor que se aleja de sus funciones y competencia», y que la obligación de rectificarlos era «responsabilidad del consultor».

Teniendo esa explicación a la vista, la fiscalización de la Contraloría evocó la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, que señala que «para el cumplimiento de sus funciones los municipios tendrán la atribución esencial de administrar los bienes municipales y nacionales de uso público, incluido su subsuelo, existentes en la comuna, salvo que, en atención a su naturaleza o fines y de conformidad a la ley, la administración de estos últimos corresponda a otros órganos de la Administracion del Estado».

Agregó que por ello «se colige que la entidad municipal, para efectuar una correcta administración de los bienes nacionales de uso público, debe tener absoluta claridad acerca del emplazamiento de los mismos», lo que no sucedió con el Paseo Lautaro.

De este modo, subrayó que «no cabe sino concluir que el contenido erróneo del mencionado certificado… importó la generación de una serie de problemáticas que, en definitiva, implicaron el término del convenio celebrado con una consultora para tal efecto, y además, la inviabilidad de proseguir con esa iniciativa de inversión, actuación que podría importar una infracción susceptible de ser sancionada con una medida disciplinaria».

Respecto a la procedencia de sancionar al director de Obras, Sergio Espinoza – quien insistió, en entrevista con este medio, que los terrenos del proyecto son BNUP – la Contraloría enfatizó que la fecha de emisión del certificado fue 2011, y que la acción disciplinaria prescribe a los cuatro años, motivo por el cual, legalmente, sería improcedente ordenar un sumario al interior de la municipalidad.

«Sin perjuicio de lo señalado, es necesario hacer presente que, a fin de evitar la reiteración de situaciones como la de la especie, la Municipalidad de Teno deberá, en lo sucesivo, adoptar las medidas correctivas que resulten necesarias para fortalecer los mecanismos de control y procedimientos sobre la materia observada, lo cual será validado en próximas visitas que esta Contraloría Regional realice en esa entidad edilicia», concluye el oficio.


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