Mucho antes de que trascendiera a la luz pública el caso de José Vergara Morales, joven de 22 años que padecía esquizofrenia y que desapareció luego de haber sido detenido por Carabineros en Alto Hospicio, hubo un proceso criminal que remeció a la opinión pública: el asesinato de más de 14 mujeres entre 1998 y 2001, la mayoría de ellas menores de edad, a manos del psicópata Julio Pérez Silva, quien actualmente cumple cadena perpetua en Santiago.
Para que Carabineros llegara a esclarecer las muertes, tuvo que correr mucha agua bajo el puente. Se habló de errores policiales y hasta de una posible red de protección por la tardía determinación de responsables.
Cuando el cadáver de las mujeres aún no era encontrado, el subsecretario del Interior de la época Jorge Burgos se adelantó e informó a viva voz que las víctimas habían abandonado sus hogares por voluntad propia, alimentando rumores de que estaban ejerciendo la prostitución en países vecinos.
Esto motivó una disculpa del ahora titular de la cartera y nuevos llamados en 2014 a reabrir el caso, realizados por Hugo Gutiérrez, diputado por Tarapacá, y Rodrigo Pérez, presidente de la Corporación Sofini, ya que familiares planteaban dudas de que el psicópata hubiera actuado solo en los crímenes.
Usando la Ley de Transparencia en mayo de 2015, El Ciudadano solicitó acceder a la investigación interna que instruyó Carabineros de Chile con motivo de irregularidades detectadas en las pesquisas del caso Alto Hospicio, proceso que motivó la baja de altos oficiales de la institución.
Así también requerimos un listado completo de los funcionarios que indagaron el caso y las comunicaciones que intercambió el Ministerio de Defensa con la institución sobre la materia.
Como de costumbre en este tipo de solicitudes, la policía uniformada contestó que no había registro de sumarios administrativos sobre el caso. Tampoco de oficios entre la autoridad ministerial de la época – bajo la cual Carabineros se hallaba supeditada – ni el mencionado listado de uniformados.
Las respuestas fueron presentadas ante el Consejo para la Transparencia (CPLT), el que con fecha 9 de octubre de 2015 acogió un reclamo contra Carabineros, en virtud de que la alegada inexistencia de la información no estaba suficientemente acreditada.
Dentro del proceso de amparo, el CPLT pudo advertir – luego de hacer una revisión exhaustiva de la prensa de la época – que el aquel entonces General Director de Carabineros, Manuel Ugarte Soto, efectivamente había señalado como resultado de una evaluación encargada a la Inspectoría General sobre los procedimientos de Alto Hospicio, que “en el transcurso de la investigación se cometieron algunas omisiones, errores y equivocaciones”, hecho que terminó con la aplicación de sanciones a seis oficiales.
En una gestión oficiosa, el citado organismo preguntó a Carabineros si las personas que se mencionaban en las notas de prensa participaron en la investigación del caso Alto Hospicio y si fueron sancionadas por faltas disciplinarias, pero la institución persistió en su versión de que no había forma de determinarlo, limitándose a informar que todos ellos se encontraban en retiro.
Con lo anterior, acogida la reclamación de El Ciudadano y una vez ordenada la entrega de la información por el CPLT, el general Bruno Villalobos Krumm, jefe máximo de Carabineros, presentó un recurso ante la Corte de Apelaciones de Santiago (Rol N° 11.390-2015) para revertir la decisión que obligaba a transparentar los antecedentes solicitados.
En el escrito del director, se argumentó que “no es posible que, catorce años después, Carabineros de Chile se haga cargo de informaciones vertidas por medios masivos de comunicación”. También que podría verse vulnerado el derecho de los oficiales de Carabineros involucrados en la investigación de las menores de Alto Hospicio, ya que no se les consultó si accedían o se oponían a proveer información propia de sus carreras funcionarias.
En relación a esto último, Carabineros citó un fallo de la Corte Suprema que resguardó, en un procedimiento similar iniciado a raíz de una solicitud que también fue presentada por este medio de comunicación, la opinión de 36 ex agentes de la CNI que siguen prestando servicios en el Ejército, a modo de proteger sus derechos a la honra y el trabajo, con tal de ocultar sus respectivas identidades.
Pese a lo anterior, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra Dobra Lusic Nadal e integrada por la ministra Javiera González Sepúlveda y el ministro Mario Rojas González, rechazó en forma unánime el recurso del director de Carabineros, afirmando que “la pretendida inexistencia de la información (del caso Alto Hospicio)… no ha sido demostrada, ni siquiera explicada”.
Asimismo, el tribunal de alzada capitalino acogió los argumentos contrarios del CPLT, que señalaban que “tampoco es posible aceptar que Carabineros de Chile omita utilizar dicho mecanismo obligatorio de comunicación (a los oficiales que investigaron el caso), para luego sostener que la decisión es ilegal, en circunstancias que la ilegalidad la cometerían ellos al no haber efectuado la comunicación”.
Se esgrime además como incoherente que Carabineros pretenda “beneficiarse de su propia omisión e incumplimiento, intentando retrotraer el procedimiento al estado de tener que notificar a personas cuya identidad hasta este momento se desconoce, con la consecuente dilatación del procedimiento que ello implica”.
Una vez ejecutoriada la decisión de la justicia, y de no recurrir de queja a la Suprema, el director de Carabineros Bruno Villalobos deberá entregar la información solicitada hace casi un año por El Ciudadano en 15 días hábiles.