Director y tres funcionarios del Servicio Médico Legal arriesgan multa de $120 millones por cuestionado contrato

Contraloría estableció que el Servicio Médico Legal efectuó pagos no estipulados en un contrato con la empresa de soluciones informáticas Quintec, perteneciente al grupo Sonda, además de no cobrarle una millonaria multa, lo que habría significado un "perjucio al patrimonio fiscal" de más de $120 millones.

Director y tres funcionarios del Servicio Médico Legal arriesgan multa de $120 millones por cuestionado contrato

Autor: Daniel Labbé Yáñez

sml

El pasado 30 de octubre, Ricardo Provoste Acevedo, Jefe (s) de la División de Auditoría Administrativa de la Contraloría General de la República, presentó ante el Juzgado de Cuentas de esa instancia fiscalizadora un requerimiento en contra de cuatro funcionarios del Servicio Médico Legal (SML), entre ellos su actual director, Patricio Bustos. Esto, en el marco de una auditoría realizada a esa repartición que analizó el contrato con la empresa de soluciones informáticas, Quintec S.A.

Esta empresa forma parte de Sonda, fundada en 1974 por el amigo del ex presidente Sebastián Piñera, Andrés Navarro. Sonda ha estado ligada a varios negocios con el Estado, uno de ellos nacido ya a principios de los ´80, cuando se hizo cargo del procesamiento de datos para el Registro Civil. Hoy es la encargada de proveer el sistema de cobro del Transantiago, a través de la Tarjeta Bip!

Un millonario contrato

Con esta acción se dio inicio a un Juicio de Cuentas que, como se expone en la web de la Contraloría, «tiene por objetivo hacer efectiva la responsabilidad pecuniaria de funcionarios, ex funcionarios públicos o personas que tengan a su cargo bienes o recursos públicos y que por su negligencia o dolo provoquen un perjuicio al patrimonio público».

Los antecedentes del juicio están en el Informe Final N° 584, emitido el pasado 8 de octubre de 2015 por la Contraloría, y que es el resultado de una auditoría a los «macroprocesos de Tecnologías de la Información y de Adquisición y Abastecimiento» en el Servicio Médico Legal. En él se consideró igualmente la denuncia hecha ante esta entidad en 2014 por la Asociación Nacional de Funcionarios del SML, respecto de los servicios prestados por la empresa Quintec Soluciones Informáticas S.A., con ocasión de la suscripción del contrato denominado “Plataforma tecnológica y sistemas informáticos integrados para el Servicio Médico Legal”.

El 3 de diciembre de 2007 el Servicio Médico Legal firmó un contrato con Quintec para implementar «una plataforma que proporcione un soporte adecuado a las funciones del servicio y que constituya la base del proceso de acreditación y certificación institucional». Esto, en la práctica, se traduciría en «una plataforma tecnológica de Hardware, Software, Comunicaciones y su respectivo soporte técnico» y «servicios de levantamiento, análisis y optimización de procesos de negocio; análisis, diseño, construcción, implementación, puesta en marcha, mantención y explotación de sistemas informáticos que permitan entregar un soporte global a los procesos del SML», de acuerdo a lo que quedó estipulado en el contrato.

SML

Un contrato, se lee en el convenio, con una duración de 6 años y un costo total de $1.200.682.704.

Sin embargo, la auditoría de la Contraloría estableció que los pagos efectuados a la referida compañía por los mencionados servicios «no se ajustaron a las condiciones y términos pactados» en el mencionado contrato.

Pago efectuado no estipulado

En el contrato se fijaron 5 hitos, estableciendo que su pago se realizaría al término del cumplimiento de cada uno de ellos. Respecto a esto, específicamente la Contraloría impugnó un cambio en el contrato relativo a los pagos desde el SML hacia la empresa.

En la auditoría se consigna que la entonces administradora del contrato, Magali Román Barrios, informó en marzo y abril de 2015 que el responsable anterior del convenio, Gonzalo Rovira Soto, llevó a cabo un acuerdo con Quintec, luego de que esta solicitara una “fórmula de pago para la cancelación de los hitos ya terminados correspondientes a la fase de desarrollo”. De acuerdo a la fórmula acordada, la administradora del contrato autorizó el pago parcializado de facturas previo al cumplimiento total del hito n° 4 del proyecto por un total de $142.448.469.

La Contraloría objetó ese pago, sin embargo, dos de estas facturas observadas se encontraban prescritas respecto de la acción civil, por lo que se pagaron las sumas de $53.102.846 y $37.439.438 por cada una de ellas. Es decir, finalmente la Contraloría estableció que el pago efectuado no estipulado en el contrato del SML con Quintec ascendió a $51.906.185.

Gonzalo Rovira

Gonzalo Rovira

La Contraloría destaca que cuando esa entidad revisó el contrato del SML con la empresa Quintec, éste ya se encontraba finalizado. Sin embargo, a través de distintos documentos enviados desde áreas del SML, la entidad fiscalizadora pudo confirmar que en los siguientes ítemes lo acordado no se había llevado a cabo. Por ejemplo, el 9 de abril de 2015 -se lee en el Informe Final- «el Departamento de Computación e Informática del SML informó que los módulos contratados para su implementación no habían sido instalados en los servidores, como tampoco en los computadores del Servicio Médico Legal».

Por otra parte, el 28 de abril del mismo año el Jefe del Departamento de Computación señaló que «en la actualidad, ningún software, módulo o parte de los sistemas convenidos con Quintec SA., se encuentra instalado o en uso de manera oficial», añadiendo que esto se debió «a que todas las versiones, pruebas y otros entregados por la empresa, presentaban fallas y falencias que no fueron subsanadas en su totalidad, motivo por el cual éstos nunca llegaron a contar con su recepción conforme».

El requerimiento de la Contraloría consigna la respuesta que el director del Servicio Médico Legal entregó, donde sostuvo que la auditoría del ente fiscalizador permitió acreditar que «la modificación del plazo de ejecución del contrato firmado con Quintec S.A» se realizó «sin contar con la aprobación de la autoridad competente, así como la vulneración de lo previsto en su cláusula cuarta, al anticipar el pago de los sistemas convenidos». Junto con esto, el director del SML plantea que «aceptó la aplicación de medidas disciplinarias respecto del administrador titular del contrato, el Jefe del Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas, y el encargado de la Unidad de Administración de Personal».

Respecto a esta defensa, Contraloría sostiene efectivamente que el acuerdo de pagos y división del hito 4 entre Quintec y los administradores del contrato en el SML, «no fue sancionado mediante resolución del Director del Servicio, según lo informado por la administradora del convenio», lo que -se agrega- «transgrede lo consignado en la cláusula quinta del mismo documento, que dispone que cualquier cambio que implique un aumento de plazo debe ser sancionado por la aludida autoridad».

Diferencias en cobros de multas

quintecEn los meses de enero y febrero de 2011, la sede del SML en la ciudad de Calama se vio afectada por una falla en los servicios de comunicaciones. En un primer momento se aplicó una multa a Quintec de $34.367.648 correspondiente a enero y $5.906.909 por el mes de febrero. Sin embargo, el SML acoge una apelación de la empresa de informática -en base a lo propuesto por el administrador del contrato- rebajando las multas  a tan solo $7.516.953.

Luego de eso, un informe de la Unidad de Auditoría Interna del SML realizó un re-cálculo estableciendo un total a cobrar de $62.343.257, desglosado en $36.510.917 para enero y $25.832.340 para febrero. Pero Quintec recurrió a la Corte de Apelaciones, fallando ésta a favor de la empresa, considerando que fue el propio SML el que aceptó las argumentaciones del proveedor, resolviendo rebajar finalmente el valor a los mencionados $7.516953.

Esto significó que, en la práctica, finalmente entre la cifra que se debía cobrar y la que realmente se exigió por concepto de multa hubo una diferencia de nada menos que $54.826.304.

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En base a esto, Contraloría estableció que «el SML no ha velado por la correcta ejecución del contrato, en orden a hacer efectiva la multa establecida en dicho acuerdo de voluntades», omisión que se tradujo finalmente en «un ingreso no percibido por el servicio» y que -a juicio del ente fiscalizador- «produjo un detrimento en el patrimonio fiscal».

La respuesta del SML, consignada en el requerimiento de Contraloría, es que frente a este hecho el servicio «veló por la correcta ejecución del contrato, haciendo efectiva la multa en estricto apego a lo convenido en el contrato», señalando que «la diferencia en los montos de multa calculados por la contraparte no constituiría una infracción al contrato, sino un mero error de interpretación que finalmente fue subsanado, al haberse adoptado las medidas tendientes a disponer del cobro y percepción efecitiva de las multas». Junto con ello, el SML sostuvo que dicho acuerdo «no contemplaba la posibilidad de revisar los cálculos que de buena fe y en ejercicio de sus deberes realizaba la contraparte técnica del SML».

Las acusaciones sobre los demandados

En resumen, en su Informe Final de octubre de 2015, la Contraloría estableció que el Servicio Médico Legal efectuó un pago no estipulado en el contrato celebrado con Quintec por un monto de $51.906.185, y que hubo diferencias en el cobro de multas por la falla que se produjo en la sede de Calama, por un total de $54.826.304.

Un «detrimento patrimonial» acusó a fines de octubre el Jefe (s) de la División de Auditoría Administrativa de la Contraloría, que a la fecha de la presentación de su requerimiento para iniciar el Juicio de Cuentas equivale a $120.334.098. Es esa cifra la que entre los cuatro demandados, incluido el director del Servicio Médico Legal, podrían llegar a pagar por haber incurrido «en una acción u omisión culpable en la administración del presupuesto público que la ley puso a su cargo», según se lee en la acusación.

Respecto a las razones para exigir esta sanción, la Contraloría expone lo siguiente:

Patricio Bustos

Patricio Bustos

Respecto a Patricio Bustos Streeter, actual director del SML, el acusador sostiene que en su calidad de máximo jefe del servicio «no actuó en forma diligente, permitiendo que se aprobaran los erróneos pagos por hitos del contrato con la empresa Quintec S.A», además de «resolver la rebaja de la multa» por lo ocurrido en Calama, generando con ello «un perjucio al patrimonio fiscal».

Respecto a Gonzalo Rovira y Magaly Román, se sostiene que como administradores del contrato aprobaron los estados de pagos «sin ejercer la debida fiscalización y velar por el estricto cumplimiento» del convenio. Respecto a Rovira se agrega que este «no cauteló la correcta aplicación y recaudo de las multas pactadas».

Y a Elsa González Aguilera se le acusa en su calidad de jefa del Departamento de Presupuesto y Finanzas del SML, del cual depende la Unidad de Tesorería que aprobó los pagos presentados por los mencionados administradores. 

De acuerdo a los procedimientos de los Juicios de Cuentas de Contraloría General, los demandados cumplirían esta semana los 15 días hábiles para ejercer su defensa desde que fueron notificados de la demanda en su contra.

Por Daniel Labbé Yáñez


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