El 1º foro sobre la despenalización del aborto en la Universidad de Chile, de organización estudiantil y celebrado en la Facultad de Derecho, contó con la participación de Gabriel Hernández, Juan Pablo Mañalich y Claudio Nash, doctores en derecho que plantearon sus visiones sobre la despenalización del aborto desde un punto de vista jurídico, centrado especialmente en si es o no sujeto de derecho normativo el no nacido, y si este supuesto derecho podría en todo caso primar sobre los derechos fundamentales de los que es titular la mujer como ciudadana autónoma.
Las conclusiones del foro desembocaron en un claro consenso que aboga por la despenalización del aborto, no solo en los supuestos planteados por el proyecto de ley de Bachelet, si no en cualquier evento, considerando el derecho de la mujer a decidir sobre su propio cuerpo como fundamental, relativo a la autonomía de esta y al desarrollo libre e íntegro de su personalidad. Además, este debería ser legislado para garantizar un acceso libre, gratuito y seguro, a fin de no atentar contra el derecho a la vida de la mujer.
El foro, cuyo contenido completo será publicado a final de semestre por la revista Derecho y Humanidades fue abierto por Melissa Sepúlveda, presidenta de la FECh, que además de actuar como moderadora, presentó su visión como “militante feminista y como parte del movimiento social, y no solo estudiantil, que está teniendo lugar” en el país.
Melissa Sepúlveda, “La maternidad no puede ser un castigo”
“La necesidad de hablar de aborto va más allá del aborto terapéutico que va a ingresar en discusión parlamentaria”.
La dirigente estudiantil, al igual que el resto de ponentes, tiene claro que la despenalización del aborto terapéutico es una pequeña fracción del debate que debe generarse en pro de conseguir un aborto libre, seguro y gratuito para todas las mujeres del país.
“A nivel internacional nos causa vergüenza ser uno de los pocos países del mundo con una legislación tan restrictiva”
Chile es uno de los 5 países del mundo donde el aborto está penado con cárcel, compartiendo cartel con Malta, El Salvador, Nicaragua y República Dominicana.
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Sepúlveda, estudiante de medicina, hizo referencia a las palabras de Jaime Guzmán, ideólogo de la dictadura pinochetista, autor intelectual de la Constitución de 1980 y fundador de la UDI, que consideraba que “La madre debe tener el hijo aunque éste salga anormal, aunque no lo haya deseado, aunque sea producto de una violación o aunque, de tenerlo, derive su muerte. Una persona no puede practicar jamás legítimamente un aborto, porque es un homicidio y todas las consecuencias negativas o dolorosas (que se deriven de un aborto no deseado o peligroso) constituyen, precisamente, lo que Dios ha impuesto al ser humano”.
La dirigente ha lamentado que sea esta “la concepción vigente en nuestro país”, y que haya sido esta enunciación la que ha sentado los pilares que sostienen el debate anti aborto en Chile y conformado la política pública.
“Esta concepción tiene además una característica particular, pone otro derecho social a merced del mercado, del mercado clandestino. Sabemos que hay abortos diferenciados según la clase económica, quien puede paga una clínica privada, quien no lo hace de una manera insalubre, corriendo riesgos para su salud”, señala Sepúlveda.
“Hoy día cambiar la legislación es una necesidad más allá de las ideologías políticas. La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha interpelado varias veces a Chile por su legislación”.
La legalización del aborto no va a aumentar el número de interrupciones voluntarias del embarazo.”Lo único que cambia es que las mujeres puedan hacerlo con una garantía”, con lo que se evitarán muertes, sufrimiento psicológico y muchas de las complicaciones que pueden derivarse de la ejecución de un aborto insalubre, como la esterilidad.
“La maternidad no puede ser un castigo; finalmente es una decisión personal, pero no puede ser la imposición de una visión moral la que determine las decisiones”, asevera Sepúlveda.
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“Mientras no seamos capaces de avanzar en una discusión política amplia sobre la violencia patriarcal en términos generales, las palabras de Jaime Guzmán van a seguir resonando en nuestros cuerpos.”, concluyó la estudiante de medicina.
Gabriel Hernández, El debate sobre el aborto en Chile “se presenta en términos incorrectos y engañosos”
“En primer lugar, porque se suele poner el acento desde el punto de vista penal, desconsiderando otras posibilidades ajenas a si hay que despenalizar o no; en segundo porque por parte de ciertos sectores se suelen agrupar las posturas entre los que defienden la vida y por tanto la penalización del aborto, y los que no; y en tercero porque se centra en la discusión de si tiene derechos el que está por nacer, con absoluta desconsideración hacia los derechos fundamentales de la mujer”, señaló el doctor en Derecho Privado y académico de Derecho Civil.
El doctor hizo mención a la ineficacia de la penalización para reducir los abortos y enumeró los argumentos de por qué, desde su visión como profesional del derecho civil, no considera que el feto deba ser tratado como persona susceptible de derecho y, en consecuencia, sancionar el aborto.
En primer lugar, señaló que “ninguna de las doctrinas relativas a los derechos subjetivos permite decir que el feto es titular de un derecho de esta especie”, del derecho a la vida, ya que este “debe fundarse en la noción de autonomía o de capacidad para ser titular de intereses.”
También hizo referencia al Artículo 74 del código civil, donde se señala que la existencia legal de las personas comienza con el nacimiento, y señaló que el mismo código penal recoge esas ideas, ya que no pena de la misma manera el aborto que el homicidio, desprendiéndose de ello que no considera que ambas vidas sean iguales.
Además, el Dr. Hernández apuntó a los requisitos necesarios para poder limitar los derechos fundamentales del ser humano, y ninguno de ellos se materializa en el caso del aborto.
Con la penalización del aborto “se atenta contra el derecho a la vida, contra el libre desarrollo de la personalidad y contra la igualdad, ya que solo a las mujeres embarazadas se les impone una carga tan elevada.”
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“Me parece que la actual normativa es inconstitucional básicamente porque el no nacido no es titular del derecho a la vida, y adicionalmente, me parece que el aborto debería ser despenalizado por completo, estableciéndose un modelo de plazos acompañado de un sistema de información y de consejería de políticas de educación sexual adecuadas”, concluyó Gabriel Hernández.
Juan Pablo Mañalich, Una salida a la trampa
El Dr. En Derecho y académico de Derecho Penal abrió su intervención haciendo alusión a la puntualización del anterior ponente, que señaló que era un error que no hubiera ninguna mujer exponiendo;
“Definir los términos del debate acerca de las permisividad del aborto como un asunto exclusivamente femenino refuerza la premisa que de alguna manera explica que estemos entrampados hoy”.
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Mañalich señaló que “La manera en que buena parte de las posiciones liberales definen los términos del debate esta determinada por una concesión que es del todo injustificada; Cuando discutimos sobre la permisividad, a lo que nos enfrentamos es a un posible conflicto de intereses, entre la mujer y el supuesto interés del feto en su supervivencia. Hay concesión injustificada porque un feto no puedo tener interés en la supervivencia. Por tanto es un pseudoproblema y, en último término, la resistencia a advertir eso se explica por un déficit de secularización del debate.”
“Esa es una trampa, ¿por qué aceptamos discutir en esos términos? ¿Quién nos convenció de entrada de que el feto tiene un interés en su propia supervivencia?”
Hay que puntualizar que cuando el ponente se refiere al no interés del feto en la supervivencia, lo hace en referencia al reconocimiento de un deseo en el ente cuya satisfacción presuponga que tenga que encontrarse vivo en un lapso de tiempo no inmediato.
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Y añade Mañalich; “Desde un punto de vista secular no hay ninguna razón para que la práctica de un aborto consentido pueda quedar sometido a prohibición jurídica alguna”.
¿Por qué?
En primer lugar el ponente señala que el problema no es acerca del comienzo de la vida, “eso es algo mitológico”, ironiza. “El concepto clave es el concepto de persona, qué cabe entender como persona, qué cualidades tiene que exhibir un ente para poder atribuirle un interés en no ser matado por otro, en su supervivencia”.
Y continúa: “Para que un ente pueda tener un interés no trivial en su propia supervivencia ese individuo tiene q ser capaz de ser sujeto de deseos cuya satisfacción dependa de su supervivencia”, deseo que según los estudios realizados en el campo “recién es reconocible a partir de los 3 o 4 meses de vida extrauterina.”
“El argumento demuestra que en cualquier fase de su desarrollo no exhibe el estatus normativo de persona, porque ni siquiera el recién nacido lo hace”.
Antes de concluir, Mañalich quiso señalar que su argumento no es solo a favor de la interrupción voluntaria del embarazo, y que el debate no debe girar solo en torno a la autonomía de la mujer sobre su propio cuerpo, sino también sobre “el destino biográfico” de la misma, planteándolo en la situación de que se pudiera obligar a la mujer a tener el niño y darlo en adopción (en el supuesto de que los avances tecnológicos permitieran gestar el feto de forma artificial desde los 3 meses, por ejemplo).
Tener que someter a esa mujer a dar en adopción a su hijo y cargar con ello toda su vida, “es argumento suficiente para impedir que ese niño llegue a nacer».
Claudio Nash, La libertad entendida como autonomía
Doctor en Derecho y Coordinador Académico del Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile, Claudio Nash señaló que “el verdadero debate en Chile tiene que ser precisamente sobre el derecho al aborto, y no sobre la despenalización en ciertos casos”.
Nash orientó la argumentación de su posición hacia la materialización de los derechos fundamentales de las personas, especialmente hacia dos de los principios estructurantes del sistema: igualdad y libertad.
Desde el punto de vista de la libertad entendida como autonomía, esta ha sido “tradicionalmente entendida como la protección que tenía la persona de no ser objeto de intervenciones por parte de autoridades”; sin embargo, en el ámbito internacional, este derecho se ha ampliado y hoy establece una “protección robusta de la autonomía”
El ponente hizo referencia a que la Corte Interamericana, que en el año 2012, en la resolución del caso Artavia Murillo, relativo a la fecundación in vitro, “vuelve sobre la idea de autonomía desde la lógica de la protección a la vida privada”, y cita:
“La vida privada incluye la forma en que el individuo se ve a sí mismo y cómo decide proyectarse hacia los demás (…) La maternidad forma parte esencial del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres, la decisión de no ser madre es parte del derecho a la vida privada”.
Nash asevera que “si vamos a tomarnos en serio los derechos, las mujeres tendrían un derecho a la autonomía que el Estado debe proteger;” es clave entonces el deber de garantizar el acceso a un aborto seguro y en condiciones de igualdad.
Fotografías: Arturo LedeZma
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