Argentina se prepara para discutir en el seno del Congreso de la Nación un proyecto de ley para la despenalización del aborto por primera vez en su historia. El debate tendrá lugar este miércoles.
El tema divide a la sociedad argentina, país pionero en América Latina en asuntos como el matrimonio igualitario, por citar un ejemplo. Sin embargo, esta vez se encuentra bajo fuerte influencia de la Iglesia católica.
Según varias Organizaciones No Gubernamentales (ONG), cada año muere un centenar de mujeres, la mayoría de bajos recursos, de las aproximadamente 500 mil que se practican abortos. Por ello, para muchos se trata de un problema de salud pública.
De acuerdo con medios argentinos, de los 257 diputados del Congreso, se estima que 109 votarán a favor y 117 en contra, quedando los restantes 29 sin definir. En caso de que no sea aprobado en la Cámara de Diputados, el proyecto fracasa y su discusión no podrá avanzar más.
Grupos a favor y en contra de la despenalización del aborto han convocado a manifestaciones a las puertas del Congreso y las organizaciones estudiantiles han tomado escuelas en Buenos Aires.
Un detalle: el presidente Mauricio Macri tiene la facultad de bloquear un proyecto completo, aprobado por ambas Cámaras, e impedir que sea ley. Aunque el Mandatario dice tener una postura «a favor de la vida», alertó recientemente que respetará la decisión del Congreso, ya sea positiva o negativa.
En América Latina el aborto sin restricciones es legal en Uruguay, en Cuba y en Ciudad de México. En otros países solo puede practicarse en casos de riesgo de vida para la mujer, cuando hay inviabilidad del feto o si el embarazo es producto de una violación.
Claves del Proyecto
El Proyecto establece que toda mujer tiene derecho a decidir voluntariamente la interrupción de su embarazo durante las primeras 14 semanas de gestación y propone que se deberá poder acceder al aborto en los servicios del sistema de salud en un plazo máximo de 5 días desde su requerimiento.
Para ello, se deberán derogar los artículos 85, 86, 87 y 88 del Código Penal argentino, vigentes desde el año 1922, que consideran al aborto un delito penal.
Las entidades públicas de salud, las obras sociales y privadas, estarán obligadas a brindar a sus afiliadas o beneficiarias la cobertura integral en todas las formas que la Organización Mundial de la Salud recomienda realizar un aborto, sin requerimiento de una autorización judicial previa.
La mujer deberá manifestar su consentimiento por escrito y en caso de que sea menor de 13 años necesitará del consentimiento informado con la asistencia de al menos uno de sus padres o representante legal.