Hoy comenzó septiembre y los bolsillos de los chilenos comienzan a prepararse para enfrentar los múltiples gastos que trae consigo la última parte del año.
Por lo mismo, si usted arrienda un departamento en un edificio, entonces tome nota del siguiente dato, ya que puede solicitar una importante rebaja en sus gastos comunes al propietario del inmueble, de manera muy simple, directa y bajo el total amparo de la ley.
Se trata del desconocido “Fondo de Reserva”, que se cobra en todos los gastos comunes y se calcula como un porcentaje adicional al monto real que usted paga, el cual varía y sube según lo onerosos que sean los gastos generales de su comunidad. En ocasiones, puede ser hasta un 10% extra.
“El Fondo de Reserva, por ley, debe ser cancelado por el propietario y no por el arrendatario, ya que estos dineros se utilizan para la mantención y mejora de la infraestructura y bienes comunes del edificio o condominio, o bien para provisionar potenciales gastos futuros de la comunidad. Por lo tanto, no son responsabilidad de una persona que se encuentra viviendo ahí de manera temporal, como es el caso de quienes arriendan, a menos que se explicite lo contrario”, explica el director ejecutivo del Círculo de Corredores de Propiedades, José Ignacio Vicente.
De este modo, si usted arrienda, lo único que debe hacer es revisar el contrato de arrendamiento que firmó y ver si está explícitamente dicho que usted es responsable de pagar el Fondo de Reserva. De lo contrario, entonces puede solicitar al propietario revisar este ítem y que se haga cargo de esta fracción de los gastos comunes.
“Lo más importante es establecer reglas claras y resguardarse. Por lo mismo, nuestra recomendación a los propietarios es adelantarse e incluir este ítem en el contrato de arrendamiento, para evitar pasar malos ratos. Y si usted es arrendatario, entonces revise bien y regularice para que todo esté en orden”, explica José Ignacio Vicente.