¡Por fin! La policía no puede decomisar tus plantas de marihuana ni detenerte por tenerlas

“Con fecha 22 de marzo de 2016, la Excelentísima Corte Suprema de Justicia ha resuelto que no corresponde a las policías que realizan un patrullaje preventivo ingresar a moradas, decomisar plantas y detener a sus dueños tan solo por haber observado que hay plantas de Cannabis Sativa cultivándose en su interior”, aseguró el fallo de […]

¡Por fin! La policía no puede decomisar tus plantas de marihuana ni detenerte por tenerlas

Autor: B GS

“Con fecha 22 de marzo de 2016, la Excelentísima Corte Suprema de Justicia ha resuelto que no corresponde a las policías que realizan un patrullaje preventivo ingresar a moradas, decomisar plantas y detener a sus dueños tan solo por haber observado que hay plantas de Cannabis Sativa cultivándose en su interior”, aseguró el fallo de la Corte Suprema.

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Así es, ni Carabineros ni PDI pueden decomisar tus plantas de marihuana o detenerte sólo porque tengas plantas de cannabis sativa.

Pero ojo, que esta resolución no tiene “limitación alguna a las facultades del Ministerio Público de investigar y perseguir los delitos de tráfico ilícito de estupefacientes, sino reafirma la vigencia de los principios de inocencia y proporcionalidad. Esto, porque las medidas de ingreso, registro y detención -por entrar en considerable tensión con garantías constitucionales- deben ser siempre el último recurso a utilizar por quienes persiguen los delitos. Salvo en el caso de flagrancia en la comisión de un delito; esto es, un hecho tan evidente que no necesita mayores pruebas”.

Y es que la sola tenencia de Cannabis Sativa no sería antecedente suficiente para dar por acreditada la flagrancia.

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“Esto se debe a dos razones: primero, porque esa tenencia es legal y lícita cuando se trata de un consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo, así como también su uso medicinal”, señaló la Fundación Daya.

“Segundo, la Corte Suprema señala que para que se compruebe el fin ilegal de estas plantaciones, se hacen necesarios otros indicios, además de la simple observación, tales como la presencia de materiales necesarios para la comercialización y/o testigos que den cuenta de acciones de venta, entre otros”, agregó.

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Entonces, si no estás traficando y tus plantitas son sólo para consumo personal, despreocúpate, que la ley ahora está de tu lado y no te pueden llevar al observar que tienes plantas.

 

Fuente: Los40


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