Un miembro activo de la Policía de Investigaciones de Chile interpuso una querella ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago por eventuales delitos de prevaricación y falsificación de instrumento público en resoluciones adoptadas por la Comisión Médica Central de esa institución.
Según el abogado patrocinante de la acción, Marcos Herrera Chirino, el caso representa «un abuso que atenta contra los derechos humanos del funcionario», ya que el órgano estaría impidiendo reconocer su verdadera condición de salud.
«Él tenía una invalidez grado dos, y se la bajaron a invalidez grado uno de forma artificiosa. No había ningún antecedente nuevo que diera cuenta que el paciente estaba en mejores condiciones. Anda con muletas, se traslada con dificultades en Metro, y están mandándolo a trabajar así», afirmó.
En conversación con El Ciudadano, el jurista criticó una disposición emitida por el subprefecto Mohamed Danilla que obligó a su cliente a desplazarse con bastones ortopédicos al Departamento de Extranjería y Policía Internacional, ubicado en el Aeropuerto «Arturo Merino Benítez», para continuar prestando servicios de media jornada.
«¿Qué pasa si hay un asalto? Él no va a poder intervenir en su condición de policía, y eso le va a significar que después sea acusado ante la justicia, por no prestar auxilio. ¿Quién se hace cargo de eso?», expresó.
En el tribunal se entregaron documentos que permitirían acreditar que el funcionario de la PDI sufrió una lesión de carácter grave en la rodilla izquierda, y que, en un primer momento, la Comisión Médica declaró que su invalidez era de segunda clase, a través del Informe Técnico Nº 115 del 7 de abril de 2016.
Más de un año después, la institución pidió que el policía fuera nuevamente evaluado. Esta orden habría extrañado al médico Conrado Arriagada, quien de acuerdo al relato del afectado, comentó que la primera clasificación de invalidez realizada por la Comisión «estaba en orden», por lo que solo bastaba enviar la carpeta a la Contraloría General de la República para su toma de razón.
Pese a ello -careciendo de antecedentes que modificaran la patología de rodilla observada por un traumatólogo del Hospital Dipreca, esboza la querella-, la Comisión Médica de la PDI emitió una nueva resolución, el Informe Técnico Nº 344 del 27 de julio de 2017, que bajó la clasificación del beneficio previsional del detective a invalidez grado uno.
«Esto lo puse en conocimiento del director Héctor Espinosa», relató el abogado, «y dije que había delito de prevaricación administrativa y abuso de poder. Me señaló que no vislumbraba de qué manera había delito, pero que yo podía recurrir a quien correspondiera. Esa sola frase proferida por el director da cuenta de una autoridad que no respeta los lineamientos jurídicos».
Para Herrera Chirino, esta situación demostraría que Espinosa infringió el artículo 175 del Código Procesal Penal, norma que lo habría obligado a dar cuenta de los hechos al Ministerio Público. Fue así que el 11 de diciembre el querellante amplió su imputación al director de la PDI, solicitando que las diligencias investigativas sean realizadas por el OS9 de Carabineros.
Matías Rojas – [email protected]