Suprema falla contra Segegob por no haber reconocido fuero maternal a trabajadora

Máximo tribunal determinó que el Ministerio Secretaría General de Gobierno "incurrió en una actuación antojadiza y arbitraria".

Suprema falla contra Segegob por no haber reconocido fuero maternal a trabajadora

Autor: Daniel Labbé Yáñez

La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por una funcionaria del Ministerio Secretaría General de Gobierno (Segegob), y de forma unánime dictaminó que hubo un actuar arbitrario de dicha cartera al no reconocer el fuero maternal a la trabajadora.

La funcionaria pública Soraya Jadue Jadue -quien ingresó el año 2013 a la Segegob- presentó la mencionada acción legal luego de que desde Recursos Humanos se le informara que Contraloría estableció que su contrato suscrito el 3 de enero de 2017  «le otorgaría más derechos que a los funcionarios a contrata respecto de la jornada laboral». En este contexto, el 21 de noviembre de ese mismo año le comunicaron que mientras no suscribiera un nuevo contrato a honorarios modificado, se le suspendían todos sus pagos.

Sin embargo, junto con denunciar que ha sido víctima de persecución para su desvinculación, Soraya Jadue advirtió que se encontraba con 33 semanas de embarazo, gozando entonces de fuero maternal, así como luego de pre y post natal. Suscribir un nuevo contrato a honorarios -según se le señaló- implicaba renunciar a los mencionados derechos de los que gozaba por su embarazo.

Actuación «antojadiza y arbitraria»

La Corte Suprema estableció que al encontrarse la trabajadora de la Segegob en estado de gravidez, «no se puede ver afectada por dicha situación». El tribunal destacó además que desde el propio ministerio de la época se reconoció la renovación del contrato para el 2017 en los mismos términos de los períodos anteriores, incluido expresamente su derecho fundamental e irrenunciable a pre y post natal, y a fuero maternal.

El máximo tribunal determinó igualmente que el Ministerio Secretaría General de Gobierno de entonces, al eliminar los mencionados beneficios, «incurrió en una actuación que se considera antojadiza y arbitraria» y que, además, «afecta su integridad psíquica y eventualmente su patrimonio al verse vulnerados sus derechos maternales».


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